Incorporan dos nuevas modalidades de pensión para afiliados a las AFP | Noticias del Perú y del Mundo

miércoles, 22 de julio de 2009

Incorporan dos nuevas modalidades de pensión para afiliados a las AFP


La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP publicó una resolución en la que crea la Renta Mixta y la Renta Vitalicia Bimoneda como alternativas en el Sistema Privado de Pensiones. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy una resolución en la que incorpora a la Renta Mixta y la Renta Vitalicia Bimoneda como las dos nuevas modalidades de pensión para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), cuyos ahorros previsionales están a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Explicó que en base a evaluaciones realizadas, resulta necesario proveer escenarios alternativos para la elección de las modalidades de pensión en el SPP.

Ello para que los afiliados y beneficiarios próximos a pensionarse puedan contar con nuevas opciones de elección que les permitan mitigar el riesgo vinculado a la moneda en que percibirán su pensión, y para ello se establecen esquemas que combinen nuevos soles y dólares americanos, precisó.

Hasta el momento las modalidades de pensión establecidas en el Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP son: Retiro Programado, Renta Vitalicia Familiar, Renta Vitalicia Personal y Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida.

A ellas se suma ahora la Renta Mixta que es aquella modalidad de pensión por la cual el afiliado o beneficiario, con una parte del saldo de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC), contrata el pago de una renta mensual a cargo de una empresa de seguros bajo la modalidad de renta vitalicia familiar en dólares.

En tanto que con el fondo que permanezca en la CIC se otorgará una pensión bajo la modalidad de retiro programado.

En este caso, la pensión total corresponderá a la suma de los montos de pensión percibidos por cada una de las modalidades.

Sólo podrán acogerse a esta modalidad los afiliados que, en el proceso de cotizaciones de esta modalidad, puedan obtener una renta vitalicia inmediata en dólares equivalente, cuando menos, al valor de la pensión mínima que garantiza el Estado a los afiliados del SPP, estando aquella expresada según el número de pagos mensuales de pensión que elija el afiliado.

La otra modalidad de pensión aprobada por la SBS es la Renta Vitalicia Bimoneda, en la cual el afiliado contrata dos rentas vitalicias de manera simultánea: una en moneda nacional y la otra en dólares, ambas otorgadas por una misma empresa de seguros.

En este caso, la pensión total corresponderá a la suma de los montos percibidos por cada una de las monedas.

La presente modalidad no resulta compatible con otros productos complementarios al interior del SPP.

En ambas modalidades (Renta Mixta y Renta Vitalicia Bimoneda), las condiciones para la distribución del capital para pensión serán establecidas mediante disposición de carácter general por parte de la SBS.

La SBS también estableció que el afiliado a una AFP deberá elegir si desea percibir el pago de su pensión en 12 o 14 mensualidades al año.

Para dicho efecto, la AFP deberá brindar el asesoramiento y orientación respectivos, de modo tal que será responsable de acreditar indubitablemente que ha informado al afiliado sobre las implicancias de cada forma de pago.

Posteriormente, la AFP solicitará, de manera obligatoria, la cotización de cinco productos previsionales: Retiro Programado, Renta Vitalicia Familiar, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Mixta, y Renta Vitalicia Bimoneda.

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